domingo, 28 de febrero de 2010

“ La gran superstición política del pasado fue
el derecho divino de los reyes . La gran supers_
tición política del presente es el derecho divino
de los parlamentos”

Herbert Spencer “El hombre contra el Estado”



La sociedad argentina está condenada a la mediocridad y a las dictaduras.
Esta aseveración es consecuencia del concepto de democracia que se ha inculcado a la ciudadanía y que ésta lo ha aceptado casi religiosamente. “El partido político que gana una elección, barre con todo”
Uno de los grandes culpables de esta siniestra deformación del concepto de Democracia, fue el hoy llamado “Padre de la democracia”, el Dr. Raúl Alfonsín.
Esa degeneración de la idea de la Democracia no es solo patrimonio del personaje nombrado, sino que pareciera ser aceptado por los políticos y los pocos periodistas y comentaristas independientes que aun quedan en el país.
No se escucha una sola voz reivindicando la noción de la limitación del poder gubernamental impuesto por las disposiciones de nuestra Constitución Nacional de 1853/60 , para que la Democracia cumpla sus funciones.
Todos especulan con el resultado de las próximas elecciones como si fuera el único medio a disposición del pueblo de la Nación para frenar al desaforado dictador “democrático” que detenta el poder omnímodo en este momento: Néstor Kirchner.
Nadie puede pretender en un país el goce de una continuidad jurídico-institucional si la misma se juega en cada consulta electoral que se realiza.
No debería hacer falta enunciar ejemplos para demostrar algo que, a priori, puede deducirse mediante el razonamiento lógico. Así lo elaboraron y establecieron sus autores en nuestra magnífica Constitución Nacional de 1853/60.
Los países preponderantes del mundo civilizado lo demuestran. La continuidad de sus instituciones es respetada a rajatablas sea cual fuere el partido político que gane una elección.
El gran desafío histórico del momento que determinará nuestro futuro como país civilizado es uno solo: rescatar las disposiciones esenciales de la Constitución de 1853/60 y aclarar las mentes de la ciudadanía envenenadas por la prédica de los demagogos sedientos de poder.
Es fundamental que se comprenda que un triunfo o derrota electorales no dan ni quitan facultades a las momentáneas mayorías parlamentarias, y que los derechos individuales que garantiza nuestra Carta Magna no deben ser violados por el desborde de poder de una mayoría circunstancial sin hacer caer a quienes lo detentan, en la categoría de “Infames traidores a la Patria”.



Norberto L. Carca

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